Bolivar Fuerte

lunes, 15 de octubre de 2007

Las cooperativas

Concepto: Art. 2 Ley Especial De Asociaciones Cooperativas ( LEAC).
"Las cooperativas son asociaciones abiertas y flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa, autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario, para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas democráticamente."

Contenido del Estatuto Art. 13 LEAC: Como minimo el estatuto contendra:
  • Denominación, duración y domicilio.
  • Determinación del objeto social.
  • Régimen de responsabilidad: Limitado o suplementado y sus alcances.
  • Condiciones de ingreso de los asociados. Sus derechos y obligaciones. Pérdida del carácter de asociado. Suspensiones y exclusiones.
  • Formas de organización de la cooperativa y normas para su funcionamiento, coordinación y control. Atribuciones reservadas a la reunión general de asociados o asamblea. Reglamentos internos y competencia para dictarlos.
  • Las normas para establecer la representación legal, judicial y extrajudicial.
  • Modalidades de toma de decisiones.
  • Formas de organización y normas con relación al trabajo en la cooperativa.
  • Formas y maneras de desarrollo de la actividad educativa. Funcionamiento de la o las instancias de coordinación educativa.
  • Régimen económico: organización de la actividad económica, mecanismos de capitalización y modalidades de instrumentos de aportación. Aportaciones mínimas por asociado, distribución de los excedentes y normas para la formación de reservas y fondos permanentes. Ejercicio económico.
  • Normas sobre la integración cooperativa.
  • Procedimientos para la reforma del estatuto.
  • Procedimiento para la transformación, fusión, escisión, segregación, disolución y liquidación.
  • Normas sobre el régimen disciplinario.

Número mínimo de asociados Art.1 6 LEAC: Las cooperativas podrán conformarse y funcionar con un mínimo de cinco asociados.

¿Cúal es el fin de las cooperativas?.

  • Reducir los costos operativos.
  • Expandir oportunidades de mercados nuevos o ya existentes.
  • Mejorar la calidad de los productos o servicios.
  • Aumentar los ingresos.
  • Obtener productos, bienes o servicios no disponibles de otro modo.
  • Mejorar el poder para negociar.

Entidades financieras que brindan financiamiento a las cooperativas.

BANMUJER. FONDEMI.

FONDAFA. INAPYMI.

Funciones Art. 81 LEAC: La Superintendencia Nacional de Cooperativas tiene las siguientes funciones:
  1. Ejercer la fiscalización de las cooperativas de acuerdo con lo establecido en esta Ley.
  2. Organizar un servicio de información sobre las cooperativas con el objeto de facilitar el control de las mismas.
  3. Imponer sanciones a las cooperativas de conformidad con las disposiciones de esta Ley.
  4. Coordinar con otros organismos oficiales competentes la ejecución de las políticas de control en materia cooperativa.
  5. Dictar, dentro del marco de sus competencias, las medidas que fueren necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
  6. Emitir las certificaciones a las que se refiere esta Ley.
  7. Remitir a los organismos de integración la información y los documentos relacionados con las cooperativas afiliadas para que estos organismos coadyuven en la corrección de las irregularidades detectadas.Las demás que establezca esta Ley.

¿Qué es SUNACOOP?

La Superintendencia Nacional de Cooperativas, es un organismo adscrito al Ministerio para la Economía Popular, al que por ley le corresponde la legalización, registro, supervisión y promoción de las cooperativas en Venezuela. SUNACOOP es la entidad del Estado que tiene como objetivo impulsar, apoyar y fomentar la economía cooperativa en el país.http://www.sunacoop.gob.ve/

1 comentario:

Радомир Эра dijo...

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